Se acerca noviembre, un mes esperado por muchos trabajadores debido al retiro de la CTS. Por ello, aquí te explicamos cómo y cuándo podrás acceder a este beneficio laboral, además de los plazos para que realices tu retiro de manera rápida y sencilla.
La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un beneficio que el empleador deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, con el objetivo de proporcionar un respaldo económico al trabajador en caso de desempleo.
Este año, el Congreso de la República aprobó una ley que permite el retiro del 100% de la CTS para todos los trabajadores formales que se encuentren en planilla. Este retiro está autorizado por única vez y puede realizarse hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿CÓMO CALCULAR LA CTS QUE TE CORRESPONDE?
Para calcular tu CTS, primero es necesario considerar los días computables. Según la ley, no solo se cuentan los días trabajados efectivamente, sino también:
- Días de vacaciones.
- Días de ausencia por enfermedad (hasta 60 días al año).
- Descanso pre y postnatal (hasta 98 días al año).
- Días de huelga.
- Días en los que el trabajador fue despedido injustamente y luego reincorporado.
La CTS se calcula en función de tu último sueldo y se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre. El monto que te corresponde es equivalente a la mitad de tu sueldo más 1/6 de tu última gratificación, según los meses trabajados en ese período.
Recuerda que si decides retirar tu CTS, tienes plazo solo hasta el 31 de diciembre de este año para hacerlo.
¿CÓMO PUEDO RETIRAR EL 100% DE MI CTS?
Los pasos para realizar el retiro total o parcial de la CTS son sencillos y debes hacerlo dentro del plazo correspondiente:
- Contacta a tu empleador para obtener el número de cuenta y el banco donde está depositada tu CTS.
- Comunícate con la entidad bancaria correspondiente. Te pedirán tu número de DNI para validar y consultar el estado de tu cuenta CTS.
- Decide el monto que deseas retirar, ya sea total (100%) o parcial, hasta el 31 de diciembre.
- Realiza el retiro en efectivo o mediante un cajero automático con tu tarjeta de débito.
Todo este trámite debe hacerse después de los primeros 15 días de noviembre, una vez confirmado que tu empleador ha realizado el depósito de la CTS. La comunicación con el banco puede ser presencial, a través de la banca por internet, o incluso por vía telefónica. La transferencia se realizará en un plazo máximo de dos días hábiles a la cuenta que hayas indicado.
Es importante señalar que las empresas que no cumplan con esta ley y no depositen la CTS de sus trabajadores incurren en una falta grave, según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), y podrían ser sancionadas con multas que van desde 0.45 hasta 26.12 unidades impositivas tributarias (UIT).