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Con la llegada del mes de Julio, llega la tan ansiada gratificación por fiestas patrias para miles de trabajadores peruanos. Este es un beneficio económico que se otorga en los meses de julio y diciembre según lo establecido en la Ley N° 27735. 

Por lo general, este dinero extra ayuda a aliviar las cargas financieras en momentos clave del año como lo son las fiestas patrias y la navidad.

¿A quiénes les corresponde recibir este beneficio? 

Este beneficio le corresponde a los trabajadores del sector privado bajo diversas modalidades contractuales. Según la Ley N° 27735, los empleados deben cumplir con ciertos requisitos para ser elegibles:

  • Trabajadores sujetos al régimen privado.
  • Empleados de pequeñas empresas, quienes reciben media gratificación en julio y diciembre.
  • Trabajadores del régimen agrario.
  • Empleados de entidades públicas bajo el régimen laboral de actividad privada.

Cabe resaltar que los colaboradores deben estar trabajando de manera efectiva o o estar disfrutando de sus vacaciones durante los meses de cálculo. Aquellos que se encuentren con licencia con goce de haber, descansos médicos que impliquen remuneración, subsidio u otras situaciones legales también califican. 

Es esencial que el trabajador haya laborado al menos un mes completo durante el semestre que va del 1 de enero al 30 de junio del presente año.

¿Cuál es el plazo máximo para el pago de la gratificación?

Este año, los empleadores tienen como fecha límite el lunes 15 de julio, Es importante que los trabajadores estén atentos a esta fecha para asegurarse de que el depósito se realice correctamente.

¿Cómo calcular cuánto recibiré?

El cálculo de la gratificación se realiza a partir del sueldo mensual, las horas extras y los días trabajados. En caso el trabajador cuente con una asignación familiar por paternidad, esta también se incluye.

Asimismo, a estos montos, se adiciona la bonificación extraordinaria por seguro de salud: Si el trabajador cuenta con seguro en EsSalud, este equivale al 9% y si se trata de seguro a través de una EPS corresponde el 6.75%.

Gratificación = Sueldo Bruto + Asignación Familiar (si es que aplica) + Bono por Seguro de Salud

Por último, ponemos a tu disposición la calculadora laboral de SUNAFIL en este enlace

 

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