De acuerdo a lo dispuesto en las Resoluciones SBS N° 02188-2023, N° 02189-2023 y N° 02190-2023, dichas entidades estaban promoviendo actividades de fondos del público sin la autorización de la SBS, a su ves también otorgaban préstamos de dinero, sin estar inscritos en el «Registros de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda» no cumpliendo con la Ley 26702.
Por otro lado la entidad de Cooperativa de Ahorro y Crédito San Salvador Limitada, no estaba inscrito en el Registro Coopac, de acuerdo a la Ley N° 30822, que otorgo a la SBS facultades para supervisar y regular las Coopac (Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público).